Funciones Públicas FECAMADO

La FECAMADO ejercerá, respecto a las modalidades deportivas previstas en el art. 5  de los Estatutos, las siguientes funciones públicas por delegación de la Junta de Comunidades, actuando para ello como su agente colaborador:

a) Propuesta de calificación como oficiales de competiciones deportivas.

b) Expedición o reconocimiento de licencias federativas.

c) Aprobación de la reglamentación técnica y disciplinaria.

d) Representación de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en competiciones deportivas oficiales de ámbito estatal y, en su caso, internacional.

e) Representación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha de la Federación Española de Orientación, siempre y cuando se encuentre integrada en la misma, respecto de aquellas cuestiones que supongan el ejercicio de funciones públicas por parte de ésta conforme a la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte.
En concreto, corresponde a FECAMADO la representación de la Federación Española de Orientación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para la organización o participación en la organización de competiciones deportivas oficiales de ámbito estatal o internacional, como función pública que posee esta por el art. 33.1 letras a) y e) de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte.

f) Convocatoria de orientadores federados para integrar la Selección de Orientación de Castilla-La Mancha.

g) Ejercicio de la potestad disciplinaria respecto a:
– Infracciones a las reglas del juego y la competición en el seno de competiciones deportivas oficiales de las que sea titular la FECAMADO.
– Infracciones a la convivencia deportiva en el seno de la FECAMADO.

h) Ejecución de las resoluciones dictadas por el Comité de Justicia Deportiva de Castilla-La Mancha en aquellos aspectos que afecten a la FECAMADO.

i) Uso de distintivos oficiales de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, tales como la bandera, el escudo o el nombre de la región.

j) Canalización de las ayudas y subvenciones públicas convocadas por la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha para orientadores con licencia federativa autonómica, actuando como entidad colaboradora en los términos establecidos en la normativa reguladora de las subvenciones públicas.

k) Organización, en su caso, de competiciones y actividades deportivas integradas en la oferta de actividades de la actividad física y el deporte en edad escolar.

l) Gestión y explotación de infraestructuras para la actividad física y el deporte de titularidad pública.

2. Las funciones públicas referidas anteriormente se ejercerán por la FECAMADO con carácter exclusivo en su ámbito de actuación y con el siguiente régimen:

a) En lo no previsto por los presentes Estatutos y la Ley 5/2015, de 26 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de Castilla-La Mancha, se aplicarán las normas de Derecho administrativo que procedan.

b) El ejercicio de estas funciones públicas será irrenunciable por parte de la FECAMADO y no podrá ser delegado a otras entidades, salvo autorización expresa del órgano de la Junta de Comunidades competente en deportes.

c) El ejercicio de las funciones previstas en el apartado 1 letras j), k) y l) de los Estatutos requerirán de acto expreso del órgano competente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha que establezca la delegación y el régimen de su ejercicio

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies
Scroll al inicio